Ingresos exentos por la venta de casa habitación

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece la obligación del pago del impuesto a las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, en crédito, en servicios en los casos en que la propia Ley los señale, o de cualquier otro tipo.

No obstante, el artículo 93 de la LISR establece distintos supuestos que pueden considerarse como un ingreso exento del pago del impuesto para las personas físicas residentes en México.

Es el caso de los ingresos obtenidos por la enajenación o venta de la casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida (o precio de venta) no exceda de setecientas mil unidades de inversión, es decir, $4,591,319 pesos y la transmisión se formalice ante fedatario público. Por el excedente se determinará la ganancia y se determinará el pago provisional (por el fedatario público) e impuesto del ejercicio conforme a la mecánica establecida en la ley.

La mencionada exención será aplicable siempre que durante los tres años previos a la venta, la persona física no hubiera vendido otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención y manifieste, bajo protesta de decir verdad, dicha circunstancia ante el fedatario público ante quien se protocolice la operación.

 Adicionalmente la persona física deberá manifestar en su declaración anual el total del ingreso exento, de lo contrario no podrá considerarlo como tal.

Elaborado por:

Alejandro Lara Escobar.

Puertas Asesores Fiscales, S.C.

Obligaciones de patrones que pagan salarios

No solo el empleador se encuentra obligado a realizar el pago de salarios y demás prestaciones cuando se encuentra sujeto a una relación laboral.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece otras obligaciones, no hacerlo podría generar que este incurra en infracciones a las disposiciones fiscales (con la consecuente multa), así como incurrir en partidas que no cumplan requisitos para que proceda su deducción.

En el apartado de la LISR aplicable a las personas físicas que se encuentran sujetas a una relación laboral, establece las siguientes obligaciones para el patrón:Efectuar las retenciones del impuesto conforme al procedimiento establecido en la Ley.

I. Calcular el impuesto anual de las personas que les hubieran prestado servicios personales subordinados, en términos de lo establecido en la Ley.

II. Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que les realicen el pago de los conceptos que deriven de la relación laboral, en la fecha en que se realicen las erogaciones correspondientes.

III. Cuando se contraten personas para prestar servicios personales subordinados, solicitar las constancias y los comprobantes fiscales, a más tardar dentro del mes siguiente al que se inicie con la relación laboral.

IV. Además deberán solicitar al empleado que les comunique si prestan servicios a otro empleador y este les aplica el subsidio para el empleo, a fin de no aplicarlo nuevamente.

V. Solicitar a los trabajadores les proporcionen los datos de necesarios a fin de inscribirlos en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya cuenten con él, les proporcionen la citada clave de registro.

VI. Proporcionar a más tardar el 15 de febrero de cada año, constancia y el comprobante fiscal de los viáticos pagados en el año que hubieran sido exentos del pago del ISR.

Elaborado por:

Alejandro Lara Escobar.

Puertas Asesores Fiscales, S.C.

Buildtech, un nuevo término para la arquitectura moderna

Muchas empresas se interesan cada vez más por la arquitectura, y no es de esperarse que la industria tecnológica tenga los ojos puestos en este rubro para poder ayudar y facilitar el trabajo de los arquitectos, ingenieros y demás profesionistas que se enfocan en la edificación.

El término Buildtech nació para definir que las nuevas tecnologías están incursionando en la arquitectura, un ejemplo de ello es la inteligencia artificial, nuevos software de diseño e inclusive la robótica. Como cualquier tecnología se utilizan para poder apoyar a los profesionistas, pero estás se especializan en el ámbito arquitectónico.

El mundo de las aplicaciones móviles también tiene gran interés en incursionar dentro de la arquitectura. Existen apps que facilitan el seguimiento y notifican incidentes del terreno en donde se está trabajando, esto para tener una mayor seguridad. También existen algunas otras que gestionan el inventario o materias primas.

Hoy en día los drones son muy utilizados para visualizar el terreno de construcción y tener más precisión en cuanto a la creación de documentos y planos.

No nos olvidemos del diseño BIM, el cual nos ayuda a tener una visualización ideal del proyecto arquitectónico en el cual estamos trabajando; interiores, exteriores e inclusive conexiones de luz, agua, plomería, etc.

Cada vez la tecnología supera nuestras expectativas, , también nos facilitan tareas y al mismo tiempo cumplen funciones importantes para realizar labores, pero al mismo tiempo podemos decir que poco a poco muchas de estas reemplazarán a trabajadores y profesionistas que se dedican a este rubro.

¿Cómo nos ayuda la inteligencia artificial en el área de Capital Humano?

La inteligencia artificial se enfoca en la creación de programas y mecanismos que piensen y realicen ciertas acciones como lo hacemos los humanos. Esta sirve para mejorar el rendimiento de actividades laborales, médicas y muchas más, también evita cometer errores humanos.

En muchas áreas se utiliza este tipo de tecnología para mejorar el rendimiento de las mismas, el capital humano no se queda atrás. Existen varias herramientas que nos ayudan a mejorar procesos; por ejemplo, en reclutamiento y selección, encontrando a los candidatos ideales para las vacantes que tenemos disponibles. El poder automatizar la búsqueda del candidato y revisar sus cualidades a través de un programa facilita la tarea de los reclutadores.

Otro ámbito en donde se puede utilizar la inteligencia artificial es en el mejoramiento y cumplimiento de los objetivos de la empresa. El análisis de la data nos ayuda a saber que área debemos de mejorar para cumplir las metas al pie de la letra, también nos puede ayudar en visualizar la satisfacción de nuestros colaboradores.

En la formación y aprendizaje de nuestros colaboradores, también es muy útil utilizar herramientas con inteligencia artificial para mejorar sus habilidades. Existen varios programas para tomar cursos digitales de una forma más interactiva como modo de juego, y así hacer más atractivo el aprendizaje.

Estas son algunas de los sectores que puede cubrir el uso de la inteligencia artificial dentro del área de recursos humanos, no olvidemos que las herramientas nos ayudan a mejorar procesos y a realizar cambios para bien dentro de una organización. 

Renuncia de un trabajador; conceptos que se deben de pagar

Cuando un trabajador por su propia voluntad solicita dar por terminada la relación laboral y ésta es aprobada o consentida por el patrón, se le conoce como renuncia.

Por tal motivo cuando el trabajador decide renunciar tiene el derecho a recibir de su patrón los salarios y prestaciones devengadas a esa fecha, incluyendo las prestaciones mínimas que por Ley se deben otorgar a los trabajadores. A continuación mencionamos las más comunes, no obstante se debe atender a lo que el contrato laboral a fin de liquidar las demás otorgadas al:

  • Salarios: desde la fecha en que se efectuó el último pago hasta la fecha del último día que el trabajador laboró.
  • Vacaciones: corresponde a la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas.
  • Prima vacacional: el 25% sobre los salarios que correspondan durante el periodo de vacaciones.
  • Parte proporcional de aguinaldo: parte proporcional de los días de aguinaldo otorgados al trabajador en función del periodo laborado desde el inicio del año o la fecha de ingreso.
  • Prima de antigüedad: aplica sólo cuando el trabajador sea de planta y haya cumplido mínimo 15 años laborando para el patrón. Consiste en recibir 12 días de salario por cada año laborado, si el salario del trabajador excede de 2 UMa´s, se tomará esta cantidad como salario para efectos del pago de la prima.

La suma de las percepciones pagadas con motivo de la terminación de la relación laboral por el patrón, se le conoce como “finiquito”.   

La renuncia puede realizarse de forma verbal o escrita, pero es recomendable que se haga por escrito ya que de lo contrario podría presumirse un despido injustificado.

Elaborado por:

José Manuel Díaz Figueroa.

Puertas Asesores Fiscales, S.C.

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar la declaración anual por sueldos y salarios?

Constantemente existe la duda entre las personas físicas que perciben sueldos y salarios si se encuentran obligados a presentar la declaración anual del ISR, para ello la propia Ley establece los supuestos en los que dichas personas deben presentarla conforme a los siguientes supuestos:

  1. Cuando además obtengan ingresos acumulables distintos a los sueldos y salarios.
  • Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual.
  • Cuando dejen de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate o cuando se hubiesen prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.
  • Cuando obtengan ingresos por sueldos y salarios, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 96 de esta ley.
  • Cuando obtengan ingresos anuales por sueldos y salarios que excedan de $400,000.00 pesos.

Respecto al escrito establecido en el inciso b), el trabajador deberá presentarlo al empleador a más tardar el día 31 de diciembre del ejercicio por el que se va a presentar la declaración anual.

Con relación a lo establecido en el inciso c), el trabajador podrá no presentar la declaración anual aun cuando haya dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre, y siempre que la totalidad de sus percepciones provengan únicamente de ingresos obtenidos por la prestación en el país de un servicio personal subordinado y que la cantidad percibida no exceda de $400,000 pesos.

Elaborado por:

Juan Antonio Aguirre Hernández.

Puertas Asesores Fiscales, S.C.

Pluto tv hace alianza con Roku para llegar a toda Latinoamérica

Pluto tv llegó hace seis meses a México, pero ahora nos tienen una gran noticia; lel servicio esta disponible en todos los dispositivos de Roku completamente gratuito para toda América Latina. ViacomCBS menciona que los usuarios que cuenten o adquieran este dispositivo encontrarán más de 18,000 horas de contenido que ofrece esta plataforma. 

El vicepresidente  senior de negocios emergentes mencionó: 

“Creemos que Pluto TV es un gran complemento para todos nuestros socios de distribución quienes pueden ofrecer el mejor contenido de manera gratuita a sus suscriptores y usuarios en la misma plataforma en la que consumen contenido.”

Cabe mencionar que este streaming llego de una forma un poco diferente, ofreciendo contenido como si fuera televisión de paga o por cable. Su catalogo cuenta con más de 53 canales y está disponible en 17 países de América Latina. 

Otro de sus factores diferenciadores es que no cuenta con un sistema de usuarios, esto quiere decir que no es necesario registrarse para poder disfrutar del contenido. 

El servicio está disponible en dispositivos Roku, Andriod, iOS y web.

Honorarios a miembros de consejo

Con frecuencia las empresas forman consejos directivos, consultivos, de vigilancia o de cualquier otra índole, mismos que pueden reunirse de manera periódica durante el año. En ellos se tratan distintos temas relacionados con la sociedad, todo en función del consejo que se reúna.

Como un reconocimiento a la participación de los consejeros, la sociedad puede entregar emolumentos a cada uno, sin embargo la sociedad tiene que cumplir los siguientes requisitos para deducirlos:

  • Que el importe anual establecido para cada consejero no sea superior al sueldo anual del funcionario de mayor jerarquía de la sociedad.
  • Que el importe total de los emolumentos establecidos para los consejeros, no sea superior al monto de los sueldos y salarios anuales del personal de contribuyente.
  • Que el total de emolumentos no exceda del 10% del monto total de las otras deducciones del ejercicio.

Hemos comentado en otros boletines que los emolumentos a miembros de consejos directivos, consultivos, de vigilancia o de cualquier otra índole tiene el tratamiento de un ingreso asimilado a salarios.

En su caso, la persona que realice los pagos de los emolumentos deberá calcular y enterar el ISR aplicando la tasa del 35% sobre el importe total.

 Elaborado por: 

Alejandro Lara Escobar.

Puertas Asesores Fiscales, S.C.

Startups que diseñan proyectos para contrarrestar el COVID-19

El gobierno no es el único que ayuda en esta lucha contra el gran virus que sigue presente en todo el mundo, aparte de las farmacéuticas, hospitales y personas con grandes aportaciones económicas; existen startups que también ayudan a desarrollar aplicaciones o sitios web para rastrear el virus, comprobar síntomas o dar consejos de como prevenir el coronavirus.

Estas son algunas de ellas que se enfocan en contrarrestar dicha enfermedad:

  1. Archangel Imaging.

Al principio su meta principal era rastrear el virus en áreas a escala de lugares remotos como los mares o desiertos, pero por ahora están trabajando en la creación de cámaras de detección de fiebre para brindarlas a hospitales, empresas y gobierno.

  • TytoHome.

Es un dispositivo de examen a distancia que permite a los pacientes aislados o en hospitales a realizarse autoexámenes de alta calidad, estableciendo conexión con médicos para que evalúen sus síntomas a una sana distancia.

  • BlueDot.

Es un sistema de alerta temprana que ayuda predecir de manera temprana la propagación de enfermedades infecciosas peligrosas y protege a las personas esto aprovechando la inteligencia humana junto a la artificial.

  • Orbita.

Es un chatbot que te ayuda a tener un acceso más fácil a las herramientas de detección de síntomas y responde preguntas exactas y especificas sobre el coronavirus.

  • Sickweather.

Es el primer mapa de salud humana. Puede analizar los datos del sentimiento social para generar un pronóstico de la gripe.

Buzón Tributario y plazo para habilitarlo

El Buzón Tributario es un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), asignado a las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes.

En dicho Buzón, las personas físicas y morales podrán encontrar o realizar las siguientes actividades:

  • Notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa que emita la autoridad fiscal, en documentos digitales.
  • Presentar promociones, solicitudes, avisos, o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, y podrán realizar consultas sobre su situación fiscal.

Los contribuyentes deberán consultar el Buzón Tributario dentro de los primeros 3 días siguientes a la recepción de un aviso electrónico enviado por el SAT. En caso de no realizar la consulta, la notificación electrónica se tendrá por realizada al cuarto día.

Para dichos efectos, los contribuyentes deberán habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto, de acuerdo con las reglas que publique el SAT.

Al respecto, conforme a las reglas más recientes publicadas por el SAT, el plazo para que las personas morales lo habiliten vence el próximo 30 de septiembre de 2020 y, para las personas físicas, el plazo límite es el próximo 30 de noviembre de 2020.

No habilitar el Buzón Tributario, no registrar o no actualizar los medios de contacto se considerar una infracción a las disposiciones fiscales, a la cual se le podrá imponer una multa de $3,080,00 a $9,250.00.

 Elaborado por:

Alejandro Lara Escobar.

Puertas Asesores Fiscales, S.C.